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INCENDIO Y ADICIONALES

Asegura tu propiedad o empresas con los mejores seguros de incendio de Chile de SSSEGUROS.

CAD120130516 Incendio y daños materiales causados por caída y colisión de aeronaves.

CAD120130517 Incendio y daños materiales causados por avalancha, aluvión y deslizamientos.

CAD120130518 Incendio y daños materiales causados por colapso de edificio.

CAD120130519 Incendio y daños materiales causados por combustión espontánea.

CAD120130520 Incendio y daños materiales causados por construcción o demolición de edificios colindantes.

CAD120130521 Incendio y daños materiales causados por erupción volcánica.

CAD120130522 Daños materiales causados por explosión

CAD120130524 Incendio y daños materiales a consecuencia directa de huelga, saqueo o desorden popular.

CAD120130525 Inhabitabilidad de inmuebles.

CAD120130526 Incendio y daños materiales causados por maremoto, tsunami y marejada .

CAD120130527 Incendio y daños materiales causados por colisión de objetos flotantes

CAD120130529 Daños materiales causados por peso de nieve o hielo.

CAD120130530 Daños materiales causados por roturas de cañerías, desagües y por desbordamiento de estanques matrices.

CAD120130531 Incendio y Daños materiales causados por sismo.

CAD120130533 Incendio y daños materiales causados por colisión de vehículos.

CAD120130534 Incendio y daños materiales causados por viento, inundación y desbordamiento de cauces.

Sismo / Erupción Volcánica / maremoto: 1% del monto asegurado por ubicación, con mínimo de UF 25.- en toda y cada pérdida.

§ Rotura de Cañerías CAD120130530.

§ Riesgos de la Naturaleza CAD 120130534.

§ Riesgos Políticos CAD 120130524.

CONDICIONES PARTICULARES

§ SUBLIMITES

Los sublímites de Indemnización que se indican a continuación rigen de la siguiente forma: 1) Únicos y combinados para Bienes Físicos y Perjuicios por Paralización, 2) Por evento y en calidad de agregado anual, 3) Se entienden incluidos y/o considerados en el monto asegurado y/o límite de indemnización y no en adición a este, 4) en caso de infraseguro se reducirán en la misma proporción, 5) rigen para todas las ubicaciones y/o empresas como si fueran una sola.

§ Honorarios Profesionales.

UF

100

§ Remoción de Escombros

UF

100

§ Cristales POL120130175

UF

100

§ DEFINICION DE SUBLIMITES

Honorarios Profesionales

Hasta el sublímite establecido en las condiciones particulares, se cubren los gastos necesarios que por concepto de honorarios profesionales, ya sea de arquitectos, ingenieros, constructores, abogados, contadores y otros profesionales, en los que el asegurado deba, razonablemente incurrir, como consecuencia de un evento cubierto por la presente póliza y que estén relacionados única y directamente con la reconstrucción, reparación o restitución de los bienes asegurados que hayan resultado dañados. Se excluyen expresamente todos aquellos gastos destinados a la justificación de siniestros y a todo tipo de reclamaciones en contra de la Compañía.

Remoción de escombros,
Se cubre los gastos razonables en que incurra el asegurado, por la remoción de escombros del lugar o sitio del siniestro amparado por la presente póliza
§
AMPLIACION DE COBERTURAS
Cláusula Protección del Infraseguro

En caso de un aumento imprevisto del valor de los bienes asegurados, esta póliza cubrirá automáticamente y por un período determinado, hasta un 10% de exceso sobre la suma asegurada vigente por ubicación, con el único fin de evitar la aplicación de prorrateo por infraseguro. Esta protección automática operará solamente por un plazo de 30 días corridos, a contar del día en que el asegurado haya sabido o debido saber del mayor valor de los bienes asegurados, plazo en el cual el asegurado estará obligado a informar al asegurador el mayor valor de los bienes asegurados. Por otra parte, el incumplimiento de esta obligación de informar al asegurador en el plazo indicado, no dará lugar a la aplicación de la cláusula de errores y omisiones, en caso que esta se haya pactado en la póliza.

Si el incremento del valor de los bienes asegurados excede a la suma asegurada vigente por ubicación en un porcentaje mayor al indicado en el párrafo precedente, se aplicará prorrateo considerando al asegurado como su propio asegurador, en todo lo que exceda a la suma asegurada más el porcentaje de incremento automático.

La aplicación de esta cláusula, dará derecho al cobro de prima por el exceso cubierto, a contar del inicio de vigencia de la póliza o de la fecha en que se hay producido el mayor valor, si esta es posterior.

Cláusula Definición De Evento

Para la aplicación de los deducibles pactados en la póliza, se considerará como un solo evento los siniestros que ocurran durante un período ininterrumpido de 72 horas, cuando la causa de todos ellos sea un fenómeno de la naturaleza que constituya un riesgo cubierto por esta póliza, incluyendo sismo en caso que se encuentre expresamente amparado por la póliza. El período de 72 horas se contará a partir del inicio del fenómeno que produce los siniestros.

En todo caso, para que un evento se considere cubierto, el fenómeno de la naturaleza que lo causa deberá haberse iniciado durante el plazo de vigencia de la póliza y en ningún caso se extenderá más allá del vencimiento de este plazo.

Cláusula Valor Reposición a Nuevo para Edificios Hasta 10 años

Se acuerda y conviene que, sólo en caso de pérdidas totales, rige la modalidad de aseguramiento en base a valor a nuevo, de manera que en las eventuales indemnizaciones se procederá conforme a esta modalidad. Lo anterior sujeto a que el monto asegurado deberá corresponder al mismo valor antes mencionado.

Para los efectos de esta póliza se entiende como “valor a nuevo” el precio de un bien nuevo de la misma clase y capacidad que la materia asegurada.

Otros Bienes Asegurados

Se deja constancia que la póliza se extiende a cubrir lo siguiente, siempre y cuando el valor de estas materias estén incluidas dentro de los montos asegurados :

- Rejas, portones, cierros, veredas, pavimentos y caminos.

- Piscinas y muros de contención.

- Conexiones a la red de servicios públicos.

- Arboles, plantas, arbustos, jardines y obras de drenaje.