Daños corporales
Lesiones o fallecimiento de terceros derivados de un hecho cubierto.
Responsabilidad Civil · Chile
Protege tu patrimonio frente a la obligación de responder por daños a terceros derivados de hechos cubiertos en tu operación, profesión, obra, contrato o evento.
Protección patrimonial
Es un seguro que puede respaldar al asegurado cuando debe reparar daños corporales, materiales u otros perjuicios cubiertos causados a terceros. Opera según la actividad declarada, vigencia, territorio, límites, deducibles y exclusiones.
Lesiones o fallecimiento de terceros derivados de un hecho cubierto.
Daño físico a bienes pertenecientes a terceros, según la póliza.
Costos de defensa relacionados con reclamos cubiertos, cuando estén incluidos.
Soluciones por actividad
Estas coberturas pueden contratarse como base, adicionales o productos especializados. Su disponibilidad depende de la evaluación.
Operaciones, instalaciones y actividades declaradas del negocio.
Errores u omisiones en servicios profesionales cubiertos.
Daños a terceros asociados a obras, faenas y trabajos declarados.
Responsabilidad frente a trabajadores, según condiciones y normativa.
Relaciones entre participantes de una obra o proyecto amparado.
Organizadores, recintos y actividades temporales con público.
Propietarios, arrendadores y administradores de propiedades.
Exposición asociada al suministro, productos y operación declarada.
Cláusulas que pueden importar
Una póliza útil considera los riesgos reales del contrato y no solo un límite general.
Locales, oficinas, bodegas, servicios, manufactura y atención de público.
Faenas, mantenimiento, montaje, instalaciones y servicios en terreno.
Médicos, ingenieros, arquitectos, consultores y otras especialidades.
Productoras, ferias, celebraciones, recintos y actividades masivas.
Carga, pasajeros, vehículos, equipos y operaciones logísticas.
Inmuebles, condominios, estacionamientos y espacios administrados.
Más que una prima
Revisa el contrato completo. Un certificado con un monto alto puede seguir dejando fuera la exposición principal.
| Elemento | Qué debes confirmar | Riesgo de no revisarlo |
|---|---|---|
| Actividad asegurada | Giro, trabajos y servicios descritos. | Un reclamo puede originarse en una actividad no declarada. |
| Límite | Por evento, vigencia y agregado. | El monto disponible podría agotarse. |
| Sublímites | Topes específicos para adicionales. | Una cobertura puede tener un límite menor al general. |
| Deducible | Monto o porcentaje por reclamo. | Define la parte que asume tu empresa. |
| Territorio y jurisdicción | Países y tribunales cubiertos. | Operaciones o contratos extranjeros pueden quedar fuera. |
| Vigencia | Base ocurrencia o reclamo, retroactividad y extensión. | La fecha del hecho o reclamo puede cambiar la cobertura. |
| Exclusiones | Profesional, contractual, contaminación, productos y otras. | Tu exposición central podría no estar asegurada. |
| Asegurados adicionales | Mandantes, contratistas o relacionados. | El certificado podría no cumplir el contrato. |
Lee antes de firmar
Cambian según el producto, pero conviene revisar con especial atención:
Daños causados deliberadamente por el asegurado.
Normalmente no son indemnizables por la póliza.
Puede requerir condiciones o productos específicos.
Trabajos o giros distintos de los informados.
La RC suele orientarse a daños de terceros.
Dependiendo de la base temporal contratada.
Cotización acompañada
Giro, clientes, contratos, lugares, personal y subcontratistas.
Daños posibles, terceros, montos y exigencias contractuales.
Límites, adicionales, deducibles, territorio, vigencia y exclusiones.
La cobertura comienza solo después de la aceptación y emisión.
Respuestas directas
Información general para comparar y cotizar con mayor claridad.
Puede proteger el patrimonio frente a la obligación de indemnizar daños a terceros por hechos cubiertos, dentro de límites, deducibles y condiciones.
Empresas, Pymes, profesionales, contratistas, organizadores, propietarios y otras actividades expuestas a causar daños a terceros.
Es el máximo que puede pagar la aseguradora según la póliza, considerando límites por evento, vigencia y sublímites.
Es la parte del daño cubierto que queda a cargo del asegurado, definida como monto o porcentaje.
Normalmente no. Actos dolosos, multas y sanciones suelen estar excluidos.
Sí, sujeto a evaluación. Informa actividad, ubicación, vigencia, monto, trabajadores, terceros y cláusulas exigidas.
Puede incluir gastos de defensa relacionados con reclamos cubiertos, dentro de límites. Confírmalo expresamente.
Es una cobertura orientada a determinadas responsabilidades del empleador frente a trabajadores, según condiciones y exclusiones.
La general suele enfocarse en daños corporales o materiales derivados de operaciones; la profesional puede cubrir errores u omisiones en servicios especializados.
No. La cobertura comienza después de la aceptación, requisitos, pago cuando corresponda y emisión formal de la póliza.