El seguro de todo riesgo de construcción de SSSEGUROS es un completo seguro que te protegerá de todos los siniestros que puedas tener, como su nombre lo dice es todo riesgo y cubre todo lo lo que no tiene excluido en sus condiciones particulares.
COBERTURS PRINCIPALES SEGURO TODO RIESGO CONSTRUCCION.
Poliza de Todo Riesgo Montaje inscrita en el registro de la SVS bajo el Código POL 120130725 y las cláusulas adicionales que se indican:
CAD 120130845 Huelga y Motín
CAD 120130849 Gastos Adicionales de Horas Extras, trabajos en la noche o en días de fiestas, Flete Expreso
CAD 120130850 Flete Aére
CAD 120130852 Bienes Existentes
CAD 120130853 Instalaciones de obra
CAD 120130854 Equipo de Contratista
CAD 120130855 Responsabilidad Civil Cruzada
CAD 120130856 Estructuras en Zonas Sísmicas
CAD 120130857 Cronograma de la Obra ( 2 semanas)
CAD 120130858 Cables o tuberías subterráneas existentes
CAD 120130860 Almacenaje de materiales de construcción
CAD 120130861 Bienes Almacenados
CAD 120130863 Asiento del Terreno
CAD 120130865 Exceso de excavaciones, inyecciones
CAD 120130867 Medidas de prevención de Incendio
CAD 120130868 Construcción de conductos (tuberías, cables subterráneos) (150 Mts por frente y máximo de 3 frentes)
CAD 120131393 Errores de concepción de cálculos, de diseño, (condiciones de defectos limitados) CAD 120131010 Clausula especial relativa a medidas de seguridad en caso de precipitaciones, avenidas e inundación.
CONDICIONES PARTICULARES PARA LA SECCION I TODO RIESGO DE CONSTRUCCION
REMOCIÓN DE ESCOMBROS
Se cubren los gastos de remoción y demolición de los escombros que sea necesario efectuar a raíz de un siniestro asegurado, para proceder a la reparación o reconstrucción correspondiente, incluyendo los gastos de despeje, limpieza, retiro, traslado y depósito en un botadero legal, así como los trabajos de limpieza, despeje o remoción en la obras y bienes asegurados afectados por siniestros amparados que impidan la continuación normal de las faenas, y que sea necesario para poder reiniciar los trabajos.
CLAUSULA DE 72 HORAS
En cuanto al límite de responsabilidad y a los deducibles estipulados en las condiciones particulares de la presente póliza, la compañía acuerda y conviene que para todos los siniestros cuyo origen sean los riesgos la naturaleza, incluido los sismos, se considerará como un solo evento o suceso todas aquellas ocurrencias que tengan lugar dentro de las 72 horas a partir de la primera ocurrencia.
HUELGA Y MOTIN
Se incluye dentro del adicional de Huelga y Motín, los daños materiales causados por actos maliciosos y/o sabotaje y/o las pérdidas o daños materiales producidas por robo o saqueo a causa de huelga, motín o desorden popular.
RELLENO DEL TERRENO
Hasta el límite adicional señalado en las condiciones particulares, la cobertura se extiende a cubrir la limpieza, despeje, así como el relleno, movimiento, retiro y modificaciones del terreno que afecten a la obra asegurada como consecuencia de un siniestro cubierto por la póliza.
REHABILITACION AUTOMATICA
Rehabilitación automática para trabajos de construcción e ingeniería civil, incluyendo adicionales y cláusulas especiales, excepto sección II de responsabilidad civil y adicionales relacionados con R.C., con pago de prima proporcional a prorrata diaria de la tasa vigente, al final de la vigencia de este seguro en el entendido que la siniestralidad no supera el 50%, de lo contrario la prima será a convenir.
REPARACIONES PROVISORIAS
Se deja constancia que quedan cubiertos los costos por reparaciones provisorias, que no necesariamente lleguen a formar parte de las reparaciones definitivas, y obras temporales indispensables para la continuidad de las operaciones que deben hacerse producto de un siniestro.
ROBO
Se cubre robo con fuerza en las cosas y/o violencia en las personas, de materiales de construcción guardados en bodega (recinto cerrado, con chapa de seguridad/candado) y equipos menores y herramientas, sujeto a que existan guardias la 24 horas y los 7 días de la semana. Se excluyen dineros y valores de cualquier tipo, como asimismo maquinarias y equipos. Esta cobertura operara en exceso de cualquier otra póliza vigente.
HONORARIOS PROFESIONALES
Se cubren los honorarios profesionales de ingenieros, arquitectos, consultores y otros requeridos en caso de siniestros cubiertos, por las condiciones de esta póliza, excluyendo los gastos de presentación de reclamos. No se cubren gastos de presentación y justificación de siniestros.
DERECHOS DE SUBROGACION
Por el solo hecho de la presente póliza, el asegurado cede a la compañía, en la medida en que lo cubre el seguro, sus derechos a acciones contra todas la personas responsables del siniestro, a cualquier título que sea, sin embargo, la compañía conviene expresamente en no hacer uso de este derecho en contra de los empleados y obreros del asegurado o de sus contratistas, cuando éstos los autores y responsables del siniestro.
CLAUSULA DE INSOLVENCIA
a) En caso de insolvencia o quiebra del Asegurado o de sus sucesores, el Asegurador no quedará liberado de su obligación de cubrir los riesgos incluidos en la cobertura de la póliza y satisfacerá los reclamos que pudieren ser presentados; y
b) Que el seguro no podrá ser cancelado ni modificado antes de transcurrido 60 días desde que el aviso por escrito y enviado al asegurado en la dirección que registra en la póliza, de manera certificada, mencionando dicha cancelación o modificación, haya sido recibido por el Mandante; y
c) Que está considerada la rehabilitación de la póliza.
EXTENSIÓN AUTOMÁTICA DE VIGENCIA
En caso de atraso en la ejecución de los trabajos, esta cláusula otorga cobertura automática hasta un periodo de 3 meses. A una tasa que no excede la prorrata diaria. Siempre que no existan siniestros y/o agravantes del riesgo, en caso de ocurrir esto último la prima será a convenir. Es condición de cobertura adjuntar la siguiente información - Motivo de la prorroga - Carta Gantt actualizada
AJUSTE DE PRIMA A la finalización de las obras, el asegurado se compromete a declarar a la compañía el valor total del proyecto asegurado, para proceder al ajuste proporcional final de la prima, por lo tanto el asegurado no quedara sujeto a prorrateo o aplicación de infraseguro existente a la ocurrencia de cualquier siniestro indemnizable a menos que el correcto valor del contrato sobrepase en más de 20% el valor del contrato asegurado en la póliza. Para este ajuste de prima se tomara como base la tasa de prima original de la póliza.
CLÁUSULA DE INFRASEGURO
El asegurado se compromete a declarar el valor final del proyecto, según la cláusula de ajuste de prima, por lo cual no será aplicable infraseguro alguno, siempre y cuando no supere al 20% del valor del proyecto original, de lo contrario se aplicara prorrateo.
CLÁUSULA DE SUSPENSIÓN DE TRABAJOS POR 3 MESES
Si los trabajos asegurados son paralizados o suspendidos por cualquier causa y el asegurado comunica esta situación al Asegurador, se mantendrá plenamente vigente la totalidad de la cobertura sobre la materia asegurada, y el asegurador tendrá el derecho a un cobro de prima adicional calculado a prorrata por el período de paralización o suspensión, en base a la tasa original de la presente póliza.
La obra deberá quedar con guardia las 24 horas durante los 7 días de la semana y que los perímetros cuentes con cierres y acceso controlados.
GASTOS DE PREVENCIÓN DE PÉRDIDAS
Hasta el sublimite establecido en las condiciones particulares, esta póliza cubre también los costos y gastos incurridos con el propósito de extinguir incendio en la propiedad asegurado en sus cercanías, o que amenace a la misma; o con el objeto de impedir o disminuir la perdida física, destrucción o daños causados por otros riesgos a los bienes asegurados por esta póliza, incluyendo la perdida, la destrucción o daño asociado con el hecho de lograr el acceso o la salida con, así como el costo de reponer o restablecer los equipos para combatir incendios al igual que los cargos incurridos con el fin de cortar el suministro de agua o de alguna otra sustancia luego de su descarga desde cualquier equipo de protección contra incendio o que pudiera escapar de otra manera desde los confines pretendidos.
MONTOS ASEGURADOS
Sección I
Corresponde al valor total de contrato, de acuerdo al valor total de los trabajos a su término, incluyendo materiales, flete, impuestos, aranceles, costos de construcción y el valor de los servicios, materiales, maquinarias y mano de obra suministrada. En general cualquier costo necesario para la realización del proyecto asegurado.
SUBLIMITES DE INDEMNIZACION POR EVENTO Y EN EL AGREGADO PARA TODA LA VIGENCIA (Estos sublímites se entienden incluidos dentro de la Sección I y no constituyen sumatoria respecto del Valor del Contrato).
Remoción de escombros
Gastos Adicionales de Horas Extras, trabajos en la noche o en días de fiestas, Flete Expreso
Honorarios Profesionales
Instalaciones de obra
Reparaciones provisorias
Relleno del terreno
Robo con fuerza y violencia en las personas
Cables y tuberías subterráneas
Transportes Terrestre Nacionales
Bienes existentes
Bienes almacenados
Gastos de flete aéreo
Gastos de prevención de perdidas
Caminos provisionales
Planos y documentos
Errores de concepción de diseños
Equipos de Contratistas
Terrorismo 1
REHABILITACION AUTOMATICA
Rehabilitación automática para trabajos de construcción e ingeniería civil, incluyendo adicionales y clausulas especiales, excepto sección II de Responsabilidad Civil. Civil y adicionales relacionados con responsabilidad civil, con pago de prima proporcional a prorrata diaria de la tasa vigente, al final de la vigencia de este seguro en el entendido que la siniestralidad no supera el 40%; de lo contrario la prima será a con venir
Sección II
MATERIA ASEGURADA
Se cubre la Responsabilidad Extracontractual en los términos descritos más adelante, por las indemnizaciones que el o los asegurados se vean legalmente obligados a pagar, ya sea por sentencia ejecutoriada o transacción aceptada por el asegurador, cuando éste sea civilmente responsable por daños materiales y/o corporales, causados a terceros, derivados de su actividad.
AMBITO TERRITORIAL Y JURIDICCIÓN
Chile y Legislación Aplicable Chilena y solo respecto de casos conocidos por tribunales de jurisdicción Chilena
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