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SEGURO DE VIAJE SSSEGUROS-EUROP-Assistance

CONDICIONES GENERALES

Para activar los servicios de asistencia comuníquese desde cualquier lugar del mundo, al número que aparece en su certificado o al teléfono: +56 (2) 25 83 67 00

TOLL FREE (exclusivo para EEUU) + 1 86 68 64 44 60

También puede solicitar asistencia vía e-mail a la dirección: asistencias@europ-assistance.cl

Se entenderá como beneficiario a toda persona que haya contratado alguno de los planes de asistencia en viaje y que sean debidamente informados a Europ Assistance S.A. de acuerdo a las especificaciones que en estas condiciones generales se indican, antes de la fecha de inicio del viaje hacia el extranjero.

OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO

El beneficiario está obligado en todos los casos y para todos los servicios que le serán brindados por Europ Assistance a:

1. Obtener la autorización expresa de Europ Assistance a través de la central operativa en Chile, operativa las 24 horas, los 365 días del año, antes de comprometer cualquier gasto o realizar acciones por iniciativa propia.

2. Seguir íntegramente el procedimiento en caso de requerir algún servicio indicado en el presente condicionado general.

3. Dar aviso a la central operativa de Europ Assistance en un plazo máximo de 48 horas desde la ocurrencia de los síntomas de una enfermedad y/o accidente, que hayan tenido lugar durante la vigencia de su cobertura en el extranjero y que requieran de nuestra asistencia médica en viaje.

4. El beneficiario deberá siempre aceptar las indicaciones y soluciones informadas por Europ Assistance.

5. El beneficiario deberá siempre autorizar, ya sea de palabra o por cualquier medio escrito a los médicos o instituciones médicas intervinientes a proporcionar a Europ Assistance o a cualquiera de sus corresponsales acreditados, la Historia Clínica así como toda la información necesaria para garantizar el pago de los eventuales tratamientos y/o gastos por hospitalización, así como también auditar y evaluar todos los elementos relativos a los mismos.

6. El beneficiario deberá entregar toda la documentación y comprobantes originales que le permitan a Europ Assistance establecer con claridad la procedencia de los gastos generados, además de todos los documentos originales de los eventuales gastos a reintegrar por la compañía. Europ Assistance podrá a su vez solicitar información médica (Historial Clínico, ficha médica y otros antecedentes que Europ Assistance considere necesarios) del beneficiario previa al viaje para acreditar antecedentes médicos en casos de eventuales preexistencias médicas.

7. El beneficiario deberá entregar a Europ Assistance todos sus pasajes, en los casos asistenciales en que Europ Assistance cubra los gastos por las diferencias de valores asumidas

En los casos de reembolsos por un monto superior a US$5.000 (cinco mil dólares americanos) Europ-Assistance se reserva el derecho de extender el plazo de evaluación.

PRESTACIONES ASISTENCIALES GENERALES Los servicios a las personas beneficiarias son los que se especifican en los siguientes artículos y se prestarán en los casos, formas y límites que se indican a continuación:

 Asistencia médica por enfermedad En caso de urgencia por enfermedad del beneficiario en el extranjero, que requiera atención médica, Europ Assistance sufragará los gastos generales de honorarios médicos, productos farmacéuticos prescritos por el facultativo que lo atienda, gastos de hospitalización y gastos por las intervenciones quirúrgicas.

Se entenderá como enfermedad, aquella que afecte al beneficiario con posterioridad al inicio de la entrada en vigencia de la cobertura de asistencia en viaje y que para su desarrollo haya requerido un periodo de incubación, formación o evolución dentro del cuerpo del beneficiario luego de comenzado el viaje.

Una vez que los beneficiarios regresan al país de origen cesan todas las coberturas de asistencia en viaje. El límite máximo de esta prestación por todo el periodo contratado para los beneficiarios en caso de enfermedad será el indicado en cada plan.

 Asistencia médica por accidentes En caso de urgencia por lesión o accidente del beneficiario en el extranjero, que requiera atención médica, Europ Assistance sufragará los gastos generales de honorarios médicos, productos farmacéuticos prescritos por el facultativo que lo atienda, gastos de hospitalización y gastos por las intervenciones quirúrgicas. Una vez que los beneficiarios regresan al país de origen cesan todas las coberturas de asistencia en viaje. El límite máximo de esta prestación por todo el periodo contratado para los beneficiarios en caso de accidente será el indicado en cada plan.

 Asistencia médica en caso de enfermedad preexistente En casos de enfermedades preexistentes a la fecha de inicio del viaje, ya sea que se trate de una enfermedad conocida o no por el paciente, Europ Assistance sólo reconocerá, si a su juicio correspondiese asumir, los gastos asociados a la

El límite máximo de esta prestación por todo el periodo contratado para los beneficiarios será según el tope establecido en cada plan.

 Extensión de Cobertura por Hospitalización al término de vigencia En aquellos casos de asistencia médica por accidente o enfermedad, en que médicamente sea requerida al beneficiario la permanencia en el lugar de hospitalización y el departamento médico de Europ Assistance lo autorice, se garantizarán los gastos por concepto de “Asistencia Médica”, desde la fecha de término de vigencia previamente definida hasta el límite máximo de cobertura indicado en cada plan por concepto de Asistencia Médica en accidente o enfermedad como límite total de la asistencia. Esta extensión tendrá además como límite los días o montos indicados en cada plan contratado. Importante: Todos y cada uno de los gastos generados por este concepto, deberán ser previamente autorizados por el departamento médico de Europ Assistance. Esta cobertura en ningún caso se aplicará para enfermedades preexistentes. De todas las coberturas esta es la única aplicable una vez que finaliza la vigencia de la asistencia en viaje contratada.

 Gastos odontológicos de urgencia En caso de emergencia odontológica por enfermedad o accidente se brindará el primer tratamiento paliativo del dolor en el extranjero el cual deberá comenzar a más tardar dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes a ocurrida esta emergencia o en el momento en que se presentó por primera vez el dolor agudo y repentino a consecuencia de traumatismo o enfermedad de carácter súbito ocurridas o contraídas durante el viaje, en dientes naturales permanentes.

Los servicios correspondientes a la cobertura odontológica, tendrán los siguientes topes máximos garantizados: - En caso de accidentes el límite máximo de gastos será el indicado en cada plan. - En caso de enfermedad de carácter súbito el límite de gastos será el indicado en cada plan. Importante: NO es objeto de servicio en todos los planes todo tratamiento rutinario y/o médicamente innecesario, tratamientos rejuvenecedores, o estéticos, gastos en compras de prótesis. El límite máximo de esta prestación para el periodo de contratación o duración del viaje será el indicado en cada plan.

 Gastos por medicamentos recetados En caso de urgencia por lesión o enfermedad del beneficiario en el extranjero, que no requiera de hospitalización, Europ Assistance cubrirá los gastos que requiera el beneficiario por medicamentos prescritos en receta médica, por el médico que lo haya asistido y hasta el límite máximo definido en cada plan por todos los anteriores conceptos y por viaje.

 Gastos de hotel por convalecencia en caso de accidente o enfermedad Europ Assistance satisfará los gastos de hotel del beneficiario cuando por accidente o enfermedad y por prescripción médica dispuesta por el facultativo que lo atiende y con el pleno acuerdo del departamento médico de Europ Assistance, precise prolongar la estancia en el extranjero para su asistencia sanitaria. Durante el periodo de vigencia, dichos gastos no podrán exceder el límite máximo definido en cada plan por todos los anteriores conceptos y por viaje. La prolongación en el extranjero por decisión unilateral del beneficiario no está cubierta. Esta prestación se da para los planes en que está especificada en sus condiciones particulares.

En caso que un beneficiario sufra un accidente o enfermedad, Europ Assistance financiará los gastos de traslado del beneficiario dentro del país donde éste se encuentre, en ambulancia o en el medio que considere más idóneo el facultativo que lo atiende, hasta el Centro Hospitalario más adecuado en acuerdo pleno con el departamento médico de Europ Assistance. El equipo médico de Europ Assistance mantendrá los contactos necesarios con el Centro Hospitalario o facultativo que atienda al beneficiario para supervisar que el transporte sea el adecuado. El límite máximo de esta prestación para el periodo de contratación será el indicado en cada plan.

 Repatriación Sanitaria En caso que un beneficiario sufra un accidente de riesgo vital y en el centro hospitalario donde se encuentre no le puede ofrecer el tratamiento médico adecuado y cuando Europ Assistance lo estime médicamente necesario evaluando todas las condiciones médicas y posibilidades de transporte, financiará los gastos de repatriación sanitaria al país de origen, en ambulancia o en el medio que considere más idóneo el facultativo que lo atiende en acuerdo expreso con el departamento médico de Europ Assistance, hasta el Centro Hospitalario más adecuado para el tratamiento médico definitivo.

El equipo médico de Europ Assistance mantendrá los contactos necesarios con el Centro Hospitalario o facultativo que atienda al beneficiario para supervisar que la repatriación sea la adecuada. Si el beneficiario repatriado viajara sólo con un hijo menor de 15 años, también beneficiario contratante de uno de los planes de asistencia detallados al final de estas condiciones generales y no tuviera quien le acompañase, Europ Assistance proporcionará la persona adecuada para que le atienda durante el viaje hasta su domicilio, siempre y cuando dicha prestación se encuentre amparada en el plan contratado por el beneficiario. Una vez que los beneficiarios regresan al país de origen cesan todas las coberturas de asistencia en viaje. El límite máximo de esta prestación para el periodo contratación será el indicado en cada plan.

 Repatriación de restos mortales En caso de fallecimiento de un beneficiario durante el viaje en el extranjero, por cualquier motivo no excluido por este contrato, Europ Assistance efectuará los trámites necesarios para el transporte y repatriación del cadáver y asumirá los gastos de traslado hasta el lugar de ingreso del país de residencia. Europ Assistance no asumirá ningún tipo de gasto funerario como féretro definitivo, su respectivo traslado y gastos de inhumación. El límite máximo de esta prestación para el periodo de contratación será el indicado en cada plan.

 Traslado de un familiar en caso de hospitalización En caso de que la hospitalización del beneficiario en el extranjero fuese superior a los días indicados en su plan y este se encontrase solo, Europ Assistance cubrirá los gastos para el envío de un familiar en las siguientes condiciones: El costo del viaje de ida y vuelta al lugar de hospitalización de acuerdo a la disponibilidad de los vuelos regulares y siempre en clase “económica” o “turista” en los planes en los que se encuentre esta cobertura.

 Estadía de un familiar en caso de hospitalización En caso de que la hospitalización del beneficiario en el extranjero fuese superior a los días indicados en su plan y este se encontrase solo, Europ Assistance cubrirá los gastos para el envío de un familiar en las siguientes condiciones: Los gastos de alojamiento con un límite máximo por día de definido en cada plan. Dichos gastos no podrán exceder el límite máximo definido en cada plan.

 Viaje de Regreso por Enfermedad o Accidente Sólo en el caso de hacer uso de la extensión de cobertura por hospitalización, la que deberá estar autorizada y gestionada por Europ Assistance, y una vez finalizada la vigencia inicial de plan contratado, se entenderá por posibilitada la opción de Viaje de regreso por enfermedad o accidente para pasajero afecto de enfermedad o accidente. Para esto, Europ Assistance realizará la gestión del viaje de regreso al país de acuerdo a disponibilidad de medios de transporte y cobertura del plan contratado. Todo gasto asociado a esta cobertura realizado por el pasajero de manera independiente deberá contar con la autorización previa de Europ Assistance. No procederá pago a posterior sin el cumplimiento de esta especificación. Esta cobertura contempla el reembolso de la diferencia de ticket aéreo y correspondientes multas asociadas al cambio de la fecha de regreso original y siempre en la clase indicada en su plan considerando el monto máximo definido en cada plan al final de estas condiciones generales por todos los anteriores conceptos y por viaje. Para solicitar la prestación, el beneficiario deberá proporcionar toda la documentación que Europ Assistance considere necesaria, con el objeto de poder realizar un cambio de vuelo con la línea aérea.

 Localización y envío de equipaje extraviado Europ Assistance asistirá con todos los medios a su alcance para localizar y enviar equipajes extraviados, a través de consultas y seguimientos con las respectivas líneas aéreas involucradas, sin que esto involucre alguna responsabilidad para Europ Assistance, salvo las que correspondan según las cláusulas 15 y 16 del presente condicionado general.

 Compensación por demora de equipaje en vuelo regular por más de 24 horas En caso que el equipaje del beneficiario se extraviara completamente durante un viaje en vuelo regular internacional y no fuera recuperado en su totalidad dentro de las 24 horas siguientes a la llegada al destino, Europ Assistance reembolsará los gastos que el beneficiario se haya visto obligado a realizar por dicho inconveniente, hasta el límite máximo definido en cada plan al final de estas condiciones generales a fin que se provea de los elementos de uso personal que el beneficiario necesitara. Para que aplique esta prestación, el equipaje deberá corresponder a equipaje transportado por la aerolínea en la bodega del mismo vuelo en que viajó el beneficiario y registrado por ésta con su respectivo número de ticket y en ningún caso se aplicará esta prestación a equipaje de mano no registrado por la línea aérea.

Requisitos para la procedencia de esta compensación - Notificar a Europ Assistance del extravío del equipaje completo en un plazo no superior a 24 horas desde el momento de la emisión del formulario de denuncia ante la línea aérea P.I.R. (Property Irregularity Report) o el que corresponda a la aerolínea. Para la validez del mismo, el beneficiario deberá encontrarse en el exterior del país. - El beneficiario deberá presentar a Europ Assistance la siguiente documentación: original de la denuncia a la línea aérea formulario P.I.R. (Property Irregularity Report) o similar emitido por la línea aérea y comprobantes originales de los gastos efectuados por la compra de artículos de primera necesidad hasta el monto de la compensación solicitada. Estos comprobantes deben corresponder a compras o gastos efectuados por el beneficiario en el lugar donde se extravió el equipaje y entre la fecha de extravío del equipaje y la de la solicitud de compensación. Estas compensaciones están supeditadas a la presentación y verificación de la documentación arriba mencionada. Esta compensación es por persona y no por bulto extraviado. Si dos o más personas, beneficiarias de los servicios de asistencia, comparten el mismo bulto extraviado, se prorrateará entre las mismas esta compensación. Exclusión particular para esta prestación: Si el bulto es extraviado en el vuelo de regreso al país de origen,

Europ Assistance Chile S.A. Avenida Andrés Bello 2115, Piso 6 – Providencia – Santiago de Chile - Tel. +56 (2) 25 83 68 00 - www.eachile.cl no se otorgará compensación alguna por concepto de demora de equipaje.

El beneficiario tendrá derecho a una sola compensación por demora o por pérdida de equipajes en cada viaje, sin importar la cantidad de demoras o pérdidas que pudieran ocurrir durante el mismo. Esta prestación se da para los planes en que está especificada en sus condiciones particulares.

 Compensación por pérdida de equipaje complementaria a la línea aérea Si al arribo de un vuelo internacional la línea aérea no entrega uno o más bultos del equipaje debidamente registrado, y dicho bulto no hubiera podido ser encontrado por nuestro servicio de localización. Europ Assistance, pagará al beneficiario una compensación complementaria a la abonada por la Línea Aérea (al monto máximo por kilo detallado en cada plan al final de estas condiciones generales se debe descontar el monto pagado previamente por la Línea Aérea), el cual no podrá exceder el monto máximo de cada plan.

En estos casos Europ Assistance al monto calculado anteriormente le descontara el monto pagado por la demora de equipaje detallado en la prestación anterior de acuerdo al plan contratado. En caso que la línea aérea involucrada, no efectúe el pago indemnizatorio por pérdida de equipaje considerando el peso del mismo, sino que realice un cálculo en base a otro criterio de evaluación, Europ Assistance aplicará un pago compensatorio en base a la diferencia de lo efectivamente pagado por la línea aérea y el monto máximo garantizado para esta prestación en el producto que el beneficiario contrató. Requisitos para la procedencia de esta compensación

Notificar a Europ Assistance del extravío del equipaje en un plazo no superior a 24 horas desde el momento de la emisión del formulario de denuncia ante la línea aérea P.I.R. (Property Irregularity Report) o similar emitido por aerolínea.

El beneficiario deberá presentar a Europ Assistance la siguiente documentación: pasajes, original de la denuncia a la línea aérea formulario P.I.R. (Property Irregularity Report) o similar emitido por aerolínea.

Esta compensación es por persona y no por bulto extraviado. Si dos o más personas, beneficiarias de los certificados de asistencia, comparten el mismo bulto extraviado, se prorrateará entre las mismas esta compensación. Para que aplique esta prestación, el equipaje deberá corresponder a equipaje transportado por la aerolínea en la bodega del mismo vuelo en que viajó el beneficiario y registrado por ésta con su respectivo número de ticket y en ningún caso se aplicará esta prestación a equipaje de mano no registrado por la línea aérea. Europ Assistance sólo aplicará esta prestación en los casos en que el equipaje haya sido extraviado en su totalidad (bulto completo) y no responderá por artículos faltantes y/o daños parciales o totales al contenido del equipaje, maletas y/o bultos. Esta compensación sólo aplicará previa acreditación del beneficiario de que la línea aérea responsable de la pérdida de su equipaje ya lo indemnizó, presentando todos los documentos que certifiquen dicho pago así como también los documentos originales de denuncia P.I.R o similar emitido por aerolínea a nombre del titular contratante de alguno de los servicios o planes de asistencia en viajes. El beneficiario tendrá derecho a una sola compensación por pérdida de equipajes en cada viaje, sin importar la cantidad de pérdidas que pudieran ocurrir durante el mismo.

 Reembolso de gastos por cancelación de viaje En caso de anulación de viaje o que el beneficiario se vea impedido de iniciar su viaje, Europ Assistance reembolsará al beneficiario, por los siguientes conceptos: por los gastos no devueltos por concepto de hospedaje en hotel y/o de los cargos por cancelación de la utilización de un transporte autorizado.

a) Fallecimiento, del titular, cónyuge, ascendientes o descendientes en primer grado de parentesco consanguíneo del beneficiario. Este fallecimiento deberá producirse antes del inicio del viaje y se deberá presentar el correspondiente certificado de defunción y/o cualquier otra documentación que Europ Assistance considere necesaria.

b) Accidente o enfermedad súbita no preexistente, que amerite al menos un día de hospitalización por prescripción médica del titular, cónyuge, ascendientes o descendientes en primer grado de parentesco consanguíneo del beneficiario. Estas circunstancias deberán presentarse antes del inicio del viaje y los antecedentes serán evaluados y certificados por el departamento médico de Europ Assistance, pudiendo para ello solicitar todos los antecedentes médicos que le permitan evaluar y calificar la enfermedad o accidente sufrida, tales como historia clínica del paciente, certificados médicos, exámenes, informes clínicos y cualquier otra documentación que considere necesaria.

c) Asunto grave que afecte el domicilio del beneficiario y haga indispensable su presencia. Estas circunstancias deberán presentarse antes del inicio del viaje y los antecedentes serán evaluados y certificados por Europ Assistance. Como asunto grave que afecte el domicilio del beneficiario se considera: Daños graves ocasionados por incendio, explosión, robo o daños causados por la fuerza de la naturaleza que fuerce imperativamente la presencia del beneficiario en su domicilio.

Para que las causales detalladas en la presente prestación, letras “a”, “b” o “c”, tengan validez y procedan los correspondientes reintegros, los hechos descritos deben ocurrir en un plazo de hasta 21 días antes de la fecha previamente programada como de inicio el viaje. Si el hecho generador es anterior a los 21 días, no corresponderá reintegro. Este reembolso se realizará siempre y cuando el beneficiario haya reservado y pagado estos costos antes que ocurriera la causal de cancelación del viaje el fallecimiento, accidente, enfermedad grave o asunto grave. Europ Assistance requerirá para gestionar el reembolso los correspondientes documentos originales que justifiquen cada una de las causales, por ejemplo, certificados de defunción, reportes médicos completos, exámenes, informes clínicos, finiquitos, etc. Los documentos serán definidos por Europ Assistance dependiendo de la causal invocada. Para la presentación de solicitud de reintegro de gastos por cancelación de viaje, el beneficiario tendrá que presentar a Europ Assistance toda la documentación de respaldo del pago de su viaje y las correspondientes cartas originales de las empresas involucradas (líneas aéreas, cruceros u otros medios de transporte público y hoteles) confirmativas de los montos devueltos al beneficiario por la no realización del viaje. En caso de que de parte de alguna de las empresas señaladas e involucradas no exista devolución alguna, Europ Assistance exigirá a su vez una carta formal de dicha empresa en la que se indique expresamente que no se aplicó ningún tipo de devolución. Sin esta documentación, Europ Assistance rechazará el reintegro presentado. Esta prestación se da para los planes en que está especificada en sus condiciones particulares, hasta el límite máximo definido en cada plan.

 Reembolso de gastos por vuelo demorado Si el vuelo que el beneficiario contemplaba abordar, fuera demorado por las horas indicadas en el certificado de asistencia en viaje desde la hora de partida programada originalmente en su itinerario habitual y el beneficiario no tuviera ninguna otra alternativa de transporte durante esas horas, Europ Assistance reintegrara los gastos que haya realizado el beneficiario con un límite máximo definido en cada plan al final de estas condiciones generales y por viaje, por los siguientes conceptos: pagos de hotel, comidas y comunicaciones realizadas durante el tiempo de demora. El reembolso se efectuará contra presentación de comprobantes originales y una constancia de la compañía aérea certificando la demora sufrida. Para poder gozar de este reintegro el beneficiario deberá contactarse con la central de

Este servicio no se brindará si el beneficiario viaja con un pasaje sujeto a disponibilidad o si se encuentra iniciando su viaje en el país de residencia. Importante: No se brindará esta prestación si el beneficiario no se comunica con Europ Assistance al momento de sufrir la demora del vuelo o dentro de las 24 horas siguientes por teléfono o e-mail.

 Transferencia de fondos por honorarios legales Europ Assistance asumirá los costos de envío de dinero para los gastos de defensa legal, hasta el límite máximo definido al final de estas condiciones generales y por viaje en alguna situación que involucre al beneficiario en cualquier tipo de proceso judicial, en el cual sea imputado como responsable de un accidente de tránsito. El beneficiario deberá proveer los medios para que Europ Assistance reciba la totalidad del monto a transferir en sus oficinas o donde le sea solicitado, antes de efectuar la transferencia. Si esta indicación no se cumple, Europ Assistance no podrá brindar esta prestación. El costo de la transferencia de fondos será de cargo de Europ Assistance.

 Transferencia de fondos para fianzas Para el mismo caso previsto en el párrafo anterior, Europ Assistance asumirá los costos de envío de dinero para que el beneficiario pague ante el tribunal correspondiente los gastos de fianza en caso que fuera detenido y a efectos de lograr su libertad condicional, con un límite máximo definido en cada plan al final de estas condiciones generales y por viaje. El beneficiario deberá proveer los medios para que Europ Assistance reciba la totalidad del monto a transferir en sus oficinas o donde le sea solicitado, antes de efectuar la transferencia. Si esta indicación no se cumple, Europ Assistance no podrá brindar esta prestación. El costo de la transferencia de fondos estará a cargo de Europ Assistance.

 Interrupción de viaje (regreso anticipado) Europ Assistance reembolsará los gastos de desplazamiento de un beneficiario desde el extranjero, considerando pago de multas por cambio de ticket aéreo, diferencias de tarifa, u otros cargos propios del adelantamiento del regreso contemplado originalmente, cuando el beneficiario tenga que interrumpir el viaje y anticipar su regreso al país debido a:

a) Fallecimiento en el país de origen, del cónyuge o de un familiar hasta el primer grado de parentesco consanguíneo.

b) Asunto grave que afecte el domicilio del beneficiario y haga indispensable su presencia.

Estas circunstancias deberán presentarse durante el viaje y los antecedentes serán evaluados y certificados por Europ Assistance. Como asunto grave que afecte el domicilio del beneficiario se considera: Daños graves ocasionados por incendio, explosión, robo o daños causados por la fuerza de la naturaleza que fuerce imperativamente la presencia del beneficiario en su domicilio. Esta cobertura contempla el reembolso de la diferencia del costo del pasaje o ticket aéreo y correspondientes multas asociadas al cambio de la fecha original de regreso original con un tope equivalente al precio de un ticket aéreo en clase económica o turista, salvo que el plan establezca algo distinto. Este servicio se limita hasta el monto máximo definido en cada plan al final de estas condiciones generales por todos los anteriores conceptos y por viaje. Para solicitar la prestación, el beneficiario deberá proporcionar toda la documentación que Europ Assistance considere necesaria, con el objeto de acreditar la causal aplicable.

 Reembolso de gastos de vacaciones no disfrutadas Europ Assistance reembolsará al beneficiario, un monto compensatorio si éste debe anticipar la fecha de regreso a su país de residencia habitual originalmente contemplada debido a las siguientes circunstancias:

a) Fallecimiento, accidente y/o enfermedad grave, que amerite hospitalización por un mínimo de 5 días correlativos, del cónyuge, ascendientes o descendientes en primer grado de parentesco consanguíneo del beneficiario. Estas circunstancias deberán ser evaluadas y certificadas por el departamento médico de Europ Assistance.

b) Asunto grave que afecte el domicilio del beneficiario y haga indispensable su presencia en el país. Se consideran las siguientes: Daños graves ocasionados por incendio, explosión, robo o daños causados por la fuerza de la naturaleza que fuerce imperativamente la presencia del beneficiario en su domicilio. Este reembolso se realizará siempre y cuando el beneficiario haya reservado y pagado estos costos antes que ocurriera alguna de las circunstancias detalladas anteriormente. Europ Assistance pagara el reintegro por esta prestación, tomando en consideración el costo del viaje pagado por el beneficiario, considerando exclusivamente los gastos incurridos en:

a) Transporte público autorizado tales como pasajes aéreos y cruceros.

b) Gastos de alojamiento tales como Hotel, pensión y hostal.

Monto a pagar: Para el cálculo de este reintegro, Europ Assistance prorrateará el costo total de los gastos que el beneficiario pagó por su viaje en los ítems “a” y “b” detallados anteriormente, obteniendo un valor por día de viaje. Tras la determinación del costo diario, Europ Assistance procederá a compensar los días no utilizados a causa del regreso anticipado, pagando un monto total obtenido de la multiplicación del costo por día por la cantidad de días que anticipó su regreso, hasta el monto máximo establecido en las condiciones particulares de cada plan para esta prestación. Importante: Para la aplicación de esta prestación, Europ Assistance considerará como duración del viaje la misma de la vigencia de los días de Asistencia en Viajes contratados. El beneficiario deberá presentar toda la documentación original necesaria para acreditar los gastos incurridos.

 Transmisión de mensajes urgentes Europ Assistance, a través de su servicio de atención 24 horas, aceptará y transmitirá mensajes urgentes de los beneficiarios a sus familiares o a quienes estime conveniente, siempre que éstos sean consecuencia de alguna de las prestaciones cubiertas por cada uno de los planes de asistencias. A través de este servicio, el beneficiario puede establecer a través de la central de asistencia de Europ Assistance una vía de comunicación sin cargo con las personas que estime conveniente en atención a su situación personal en país extranjero.

 Asistencia integral al menor En el evento en que sean requeridos sus servicios de acuerdo a lo detallado en la cobertura “Gastos de repatriación o traslado sanitario” y de acuerdo a las condiciones del plan contratado, Europ Assistance otorgará el servicio de asistencia necesaria a un menor, considerando como tal, a los menores de 15 años. Para estos casos, Europ Assistance pondrá a disposición de la familia, todos los medios disponibles para acompañar al menor involucrado en su regreso a su país de origen, procurando que este sea en condiciones seguras.

 Transferencia de fondos en caso de urgencia justificada Europ Assistance asumirá los costos de envío de dinero a un beneficiario en caso de urgencia justificada y necesidad, de acuerdo a disponibilidad de la compañía hasta el límite máximo definido en cada plan al final de estas condiciones generales y tendrá derecho a una transferencia de fondos por viaje. El beneficiario deberá proveer los medios para que Europ Assistance reciba la totalidad del monto a transferir en sus oficinas o donde le sea solicitado antes de efectuar la transferencia. Si esta indicación no se cumple, Europ Assistance no podrá brindar esta prestación. El costo de la transferencia de fondos estará a cargo de Europ Assistance.

 Asistencia en caso de extravío de Documentos Europ Assistance asesorará al beneficiario en caso que éste haya perdido, extraviado o le hayan sido sustraídos sus documentos y/o sus tarjetas de crédito y lo orientará en todos los trámites y procedimientos que sean necesarios para realizar las denuncias y constancias.

 Servicio de información 24 horas de viaje

Europ Assistance dispondrá para todos los beneficiarios de un servicio gratuito e ininterrumpido de atención telefónica durante 24 horas, todos los días del año, para facilitar todo tipo de información turística, de formalidades administrativas, de informaciones médicas, requisitos de vacunas, tipos de cambio, de condiciones de viaje y de vida local. Esta prestación se da para los planes en que está especificada en sus condiciones particulares.

 Viaje de ejecutivo en reemplazo de funciones Cuando un beneficiario viaje por motivos comerciales o de negocios y deba ser internado y/o hospitalizado por más de tres días ante una enfermedad grave o un accidente previa coordinación asistencial de Europ Assistance y su departamento médico y éste no pudiere continuar realizando sus actividades profesionales y se encontrase solo, Europ Assistance organizará y coordinará el viaje (sólo pasaje aéreo) de un ejecutivo que la empresa determine para que pueda reemplazar al ejecutivo hospitalizado. Europ Assistance comprará un pasaje de ida y regreso en Clase Turista y/o económica sujeto a disponibilidad de vuelos de las líneas aéreas. El ejecutivo que viaje a sustituir al beneficiario hospitalizado también deberá ser beneficiario de los planes de asistencia de Europ Assistance. Este servicio se brindará únicamente si la intervención de Europ Assistance es solicitada en forma expresa por la empresa. Importante: Esta prestación es un servicio orientado exclusivamente a empresas clientes de los servicios asistenciales. Al momento de requerir el traslado de un ejecutivo en reemplazo de funciones, Europ Assistance solicitará una carta formal de un representante legal de la empresa. Dicha carta deberá explicar la necesidad de utilizar este servicio, quedando a exclusivo criterio de Europ Assistance la autorización del mismo. Esta prestación se da para los planes en que está especificada en sus condiciones particulares.

 Indemnización por robo o pérdida de notebook En caso de que el pasajero estando de viaje sufriera el robo o pérdida de su computadora personal portátil (notebook o laptop) y la misma fuera necesaria para la actividad laboral por la que viajo, la Compañía reembolsará los gastos de alquiler de una computadora de reemplazo, hasta la suma indicada en las Condiciones Particulares del plan contratado, para que pueda cumplir con sus responsabilidades laborales. El servicio funcionará exclusivamente por reintegro siempre que la compañía lo haya autorizado previamente y mediante la presentación de los correspondientes comprobantes, luego del regreso del pasajero a su país de origen. El beneficiario debe presentar toda la documentación que Europ Assistance considere necesaria para

 Traducción de documentos comerciales En el caso que el beneficiario durante su viaje de negocios, requiriese realizar la traducción de un documento comercial desde el español al idioma inglés, francés o portugués, Europ Assistance se hará cargo de realizar la misma, cuando le sea requerido, en un plazo máximo de 48 horas de efectuada la solicitud. En ningún caso la cantidad de palabras a traducir de un documento podrá ser superior a 1.500. El límite máximo de gastos para esta prestación será lo indicado según el plan contratado. Asimismo, el beneficiario tendrá derecho a la traducción de un solo documento por viaje.

 Orientación Legal en normas de policía local y accidentes de tránsito El servicio de orientación legal cubre el 100% de honorarios de abogados en un número ilimitado de consultas telefónicas en Chile en las siguientes materias legales:

a) Daños en choque, accidentes y normas de tránsito, partes, infracciones, Compañías de Seguro, uso de carreteras y TAG. El equipo jurídico de la central de asistencia dará orientación e información legal al asegurado respecto de situaciones y contingencias durante las 24 horas del día, los 365 días del año. El asegurado solo deberá comunicarse con la central de asistencia, donde podrá plantear sus consultas con respecto a las materias legales o contempladas en la cobertura, recibiendo orientación inmediata o consignándose su caso para ser atendido por un abogado (el tipo de respuesta recibida dependerá de la complejidad del caso). Importante: Quedan excluidos de la Orientación Legal, los siguientes puntos:

a) Atención de asuntos regidos por una legislación distinta a la chilena.

b) Acciones contra Bancos e Instituciones Financieras.

c) Atención de materias sindicales o negociación colectiva.

d) Aquellos temas que no estén directamente relacionados con el cliente, es decir, que no revistan un interés cierto y efectivo para él o su patrimonio y las necesidades de protección legal requeridas por personas jurídicas de las cuales forma parte y las materias que no se encuentren en la cobertura.

e) Servicios legales derivados de actividades comerciales ejercidas por el trabajador y/o sus cargas legales. Europ Assistance se reserva el derecho de inhabilitarse en el caso de que ambas partes involucradas sean clientes.

LIMITE DE COBERTURA PARA TODOS LOS PLANES Las descripciones de las prestaciones detalladas en el presente condicionado, aplican para todos los planes de Asistencia en Viajes de Europ Assistance sin exclusión. Los límites de gastos para cada prestación se especifican en cada plan de asistencia contratado y se aplicarán bajo las condiciones de cobertura, exclusiones y detalles, especificados en este condicionado general.

SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES Los planes de asistencia en viaje de Europ Assistance, incluyen un seguro de accidentes personales sin costo para el beneficiario y como valor agregado o complemento del servicio de asistencia en viajes que contrata el beneficiario de acuerdo a las condiciones particulares del plan contratado. Este seguro cubre el riesgo de muerte accidental y desmembramiento del asegurado titular mayor de edad, siempre que sea consecuencia directa e inmediata de un accidente y de acuerdo a lo indicado en las Condiciones Generales de la Póliza 320130085 inscrita en la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) y Condiciones Particulares de la póliza contratada por Europ Assistance resumidas más adelante para cada cobertura contratada. Esta Póliza es contratada a una compañía de seguros de reconocido prestigio y solvencia, con arreglo a los términos, exclusiones y condiciones señaladas bajo las condiciones particulares y generales contenidas en la póliza colectiva contratada por Europ Assistance.

En virtud de la cobertura de Muerte Accidental la compañía pagará a los beneficiarios el monto especificado en las Condiciones Particulares, inmediatamente después de recibidas y aprobadas las pruebas en cuanto a que el fallecimiento del asegurado se produjo durante la vigencia de esta cobertura, como consecuencia directa e inmediata de un accidente. Se entenderá como fallecimiento inmediato aquel que ocurra a más tardar dentro de los noventa (90) días siguientes de ocurrido el accidente. En virtud de la cobertura de Desmembramiento y cuando la lesión no ocasione la pérdida de la vida del asegurado producto de un accidente, siempre que las consecuencias de las lesiones se manifiesten antes de los noventa (90) días contados desde su ocurrencia, la compañía indemnizará al asegurado los valores indicados en la Póliza 320130085 inscrita en la SVS. Las exclusiones de este seguro de accidentes personales son las indicadas en el artículo N°4 del apartado de las condiciones generales de la POL 320130085, inscrita en la SVS. Se consideraran beneficiarios, las personas informadas por Europ Assistance, con anterioridad al inicio del periodo de cobertura. Cobertura mundial por el periodo de días informado. Límite máximo de edad: Un beneficiario se mantendrá incorporado en la póliza hasta los 74 años y 364 días y con una edad máxima de ingreso de 74 años. Cobertura particular: ORIGEN – AEROPUERTO – DESTINO

Contempla accidentes durante: a) El trayecto desde y hacia el aeropuerto (en cualquier medio de transporte público o privado), en conexión a un vuelo amparado por este seguro. b) El vuelo en que el asegurado figure como pasajero de avión comercial autorizado para llevar pasajeros. Incluye los embarques, desembarques, relacionados con el vuelo amparado por este seguro y el tránsito en o entre aeropuertos, con un máximo de 5 horas antes de la hora de salida fijada para el vuelo y 3 horas después de la hora efectiva de aterrizaje del avión. Condiciones particulares del seguro: a) Se consideraran beneficiarios, las personas informadas por Europ Assistance, con anterioridad al inicio del periodo de cobertura. b) Cobertura mundial por el periodo de días informado. c) Los casos de clientes que excedan los tramos acordados con días adicionales, deberán ser informados en los tramos siguientes; d) No se considera cobertura de vuelos en helicópteros o aeronaves civiles o privadas. Cobertura particular: 24 HORAS Contempla accidentes durante la vigencia de la cobertura contratada, las 24 horas del día. Condiciones particulares del seguro: a) Se consideraran beneficiarios, las personas informadas por Europ Assistance, con anterioridad al inicio del periodo de cobertura; b) Cobertura mundial por el periodo de días informado; c) Los casos de clientes que excedan los tramos acordados con días adicionales, deberán ser informados en los tramos siguientes; d) No se considera cobertura de vuelos en helicópteros

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